Jubilación para Autónomos

¿Eres autónomo y tienes dudas sobre tu futura jubilación? No te preocupes, has llegado al lugar ideal. En este artículo dedicado especialmente a los trabajadores por cuenta propia, vamos a resolver todas tus preguntas.

¿Tienes derecho los autónomos a la jubilación y a recibir una pensión publica? ¿En el caso de que sea afirmativo, a qué edad se puede jubilar un autónomo y cuánto cobraría? Estoy aquí para ayudarte y encantado de responder todo así que… ¿A qué esperas? !Vamos allá!

¿Los Autónomos se pueden jubilar?

Los trabajadores por cuenta propia sí pueden jubilarse. Sin embargo, hay un pero, y es que el ingreso que recibe un autónomo es menor que los trabajadores por cuenta ajena. De media, la pensión de los trabajadores independientes es de un 40% menor que los trabajadores asalariados.

Hay que mencionar también que los autónomos no tienen su propia modalidad exclusiva de jubilación, sino que tienen que acceder a las ya existente en el Régimen General, como te explico en el siguiente apartado.

Tipos de jubilación para los Autónomos

Los trabajadores independientes se les permite entrar a determinados tipos de jubilación, pero a otros no. ¿A qué modalidades de jubilación NO tienen derecho los autónomos? Pues a la jubilación parcial, forzosa por edad y a la anticipada forzosa.

¿A cuáles SÍ pueden acceder? Lo vemos a continuación:

Jubilación ordinaria

En primer lugar, empezamos con la jubilación normal. A los autónomos también se les exige que cumplan los mismos requerimientos que los trabajadores por cuenta ajena. Asimismo, pueden solicitar el complementos a mínimos mientras que lo que le pertenezca de pensión no supere la dicha por la ley.

La edad mínima de la jubilación ordinaria es de 65 años si se ha cotizado 37 años y tres meses y si se ha cotizado menos, a los 66 años.

Jubilación Activa

El autónomo tiene la posibilidad de combinar el 100% de la pensión de la jubilación ordinaria con su actividad laboral a través de la jubilación activa. Dicha medida solo lleva aplicable desde hace 5 años y está pensaba para aportar a la sostenibilidad del sistema de pensiones y fomentar el envejecimiento activo. Aunque se necesitan unos requisitos:

  • Debe de tener mínimo un trabajador contratado.
  • La actividad laboral que vaya a realizar puede ser a tiempo completo o parcial.
  • Haber cumplido la edad legal de jubilación y 36 años cotizados a lo largo de su vida.
  • La función profesional debe ejercerse en el sector privado.
  • Las actividades económicas se permite hacerlo por cuenta propia o por cuenta ajena.

Ten en cuenta que para percibir el 100% de la pensión es fundamental tener a una persona contratada. Por lo contrario, si no se tiene un empleado también puede jubilarse con una pensión activa, aunque sólo se obtiene el 50% en lugar del 100% de la pensión.

¿Hay otra forma de conseguir el cien por cien? Sí, en el caso de que los ingresos sea inferior a 950 euros al mes.

Jubilación Anticipada

Los autónomos pueden optar a la jubilación anticipada dos años antes de la jubilación ordinaria (65 años). Por lo tanto, debe de ser a los 63 años, aunque la edad normal de jubilación, se alarga conforme pasa el tiempo.

Jubilarse de forma anticipada, los autónomos tendrán el derecho de hacerlo en caso de que se trate de alguna de estas situaciones:

  • Abandone la vida laboral de manera voluntaria.
  • En el caso de que cuente con una discapacidad del 45% o más.
  • Por pertenecer a un trabajo peligroso, tóxico o penoso.

Si es por cese en el trabajo de forma voluntaria, es necesario reunir las siguientes condiciones:

  • Tener una cotización de 35 años como mínimo.
  • Como te comentaba antes, jubilarse a los 63 años.
  • Dos años de la cotización han de estar dentro de los 15 antes de la solicitud para la jubilación anticipada.

Jubilación Flexible

En la jubilación flexible te da derecho a compatibilizar la pensión con la actividad laboral a tiempo parcial con un 25% y 50% de la jornada. Los trabajadores por cuenta propia se les permite acceder una vez estando jubilados y volviendo a realizar su trabajo como trabajador contratado en una empresa.

Jubilación Demorada

Para finalizar, los autónomos si pueden disfrutar de esta modalidad, que consiste en retrasar la edad de jubilación y que el estado recompensa con futuros ingresos. No obstante, a los trabajadores por cuenta propia no suelen elegir este tipo, ya que no les sale nada favorable porque cotizan siempre lo mínimo.

jubilacion para autonomos

¿Cuándo se pueden jubilar los Autónomos en 2022?

Actualmente, la edad de jubilación para los autónomos es la misma que la de los trabadores por cuenta ajena. En 2022 en España, podrás jubilarte a los 65 años con 37 años 3 y meses cotizados o 66 años y dos meses en caso de haber cotizado menos de 37 años para cobrar el total de tu pensión de jubilación. Pero con los años la edad legal de jubilación se irá retrasando hasta llegar a los 67 años en 2027.

Así va a ir progresando años tras año:

AñosPeríodos cotizadosEdad de jubilación
202137 años y 3 meses o más
Menos de 37 años y 3 meses
65 años
66 años
202237 años y 6 meses o más
Menos de 37 años y 6 meses
65 años
66 años y 2 meses
202337 años y 9 meses o más
Menos de 37 años y 9 meses
65 años
66 años y 4 meses
202438 años o más
Menos de 38 años
65 años
66 años y 6 meses
202538 años y 3 meses o más
Menos de 38 años y 3 meses
65 años
66 años y 8 meses
202638 años y 3 meses o más
Menos de 38 años y 3 meses
65 años
66 años y 10 meses
202738 años y 6 meses o más
Menos de 38 y 6 meses
65 años
67 años

¿Y cómo me puedo jubilar antes de la edad mínima legal siendo autónomo? Pues con la jubilación anticipada es posible abandonar la vida laboral dos años antes de la edad legal, cómo he explicado más arriba en el punto «Jubilación Anticipada»

También, si eres mutualista es posible jubilarse a los 60 años siempre y cuando pertenezcas al grupo de el Régimen Especial de la Minería del Carbón el 1 de abril de 1969 y que hayas cotizado en algunas de las Mutualidades Laborales del Carbón el día 31 de enero de 1969 o antes o si estuviste en el campo de aplicación del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar el día 1 de agosto de 1970.

¿Cuánto cotiza un Autónomo?

Los autónomos en este asunto sí que tienen una gran ventaja, y es que ellos mismo son quienes deciden cuanto quieren cotizar en la Seguridad Social. El gobierno les permite escoger entre una base mínima y una máxima. Desde el 1 de junio de 2021, mediante un pacto entre la asociaciones de autónomos y el Estado las tarifas han aumentado. Por tanto quedan así:

La cuota mínima anteriormente estaba en 286,1 euros al mes; a día de hoy está a 289 euros. Por otro lado, la cuota máxima estaba en 1.233.2 euros; actualmente se ha ampliado a 1.245.45 euros.

Recuerda que al cumplir los 47 años, la base de cotización ya no se incrementa, a no ser que exista alguna circunstancia. Entonces si estás cotizando por lo mínimo, esa será tu base de cotización en los próximos 20 años.

Por lo cual, tanto su pensión de jubilación como tu cuota de autónomo quedará muy baja.

¿Cuántos años tienen tienen que cotizar los Autónomos para jubilarse?

Para poder jubilarte como Autónomo en España lo mínimo que debes de cotizar a día de hoy es de 15 años, y por lo menos dos de ellos han de estar dentro de los 15 años antes de jubilarte. Aunque los años que tiene que cotizar un autónomo depende de la cantidad que quiere recibir de pensión.

No olvides que si sólo cotizas 15 años, únicamente vas a percibir el 50% de la base reguladora de tu pensión contributiva. Si deseas disfrutar del 100% de la pensión pública, es necesario cotizar como mínimo 37 años y 3 meses.

¿Cuánto cobra de pensión un Autónomo?

Los autónomos cobran un 40% menos de media que los trabajadores por cuenta ajena que suele ingresar unos 1.315 euros mensuales. En cambio, los autónomos la pensión media cuando se jubilan es de 780 euros al mes, de acuerdo con las últimas cifras de la Seguridad Social.

¿Por qué los autónomos cobran menos? La respuesta está en el tema de la cotización a la Seguridad Social, ya que los autónomos cotizan menos cantidad para la jubilación que un asalariado. Por esto mismo, les queda una pensión más inferior.

¿Cómo calcular la pensión de jubilación de un Autónomo?

Si quieres calcular cuanto cobra un autónomo tiene que sumar la base de cotización de los 288 meses antes de la jubilación y después dividir entre 366 el resultado.

La pensión máxima limitada por el Presupuesto Generales del Estado está en 2.707,49 euros, es decir, que aunque hayas cotizado más no puedes recibir más de dicha cantidad.

Gracias a que las pensiones también tiene una cantidad mínima que no permite que se baje más, el autónomo puede acabar aún más de lo que le corresponde en realidad. Este hecho se denomina ‘complemento de pensión’ y así una persona que cotice por la base mínima reciba la cifra mínima de pensión cumpliendo las condiciones.

Pensión máxima y mínima de un Autónomo

Las pensiones mínima cambia dependiendo si tienes o no un cónyuge o si está a tu cargo o no. Te lo muestro a continuación:

PENSIONES MÁXIMAS: 2.707,49 euros.

PENSIONES MÍNIMAS:

Jubilación con 65 años o más:

  • Sin cónyuge: 689,65 euros al mes.
  • Con cónyuge a cargo: 851 euros al mes.
  • Con cónyuge no a cargo: 654,60 euros al mes.

Jubilación con menos de 65 años:

  • Sin cónyuge: 645,3 euros al mes.
  • Con cónyuge a cargo: 797,9 euros al mes.
  • Con cónyuge no a cargo: 609,9 euros al mes.

¿Qué tiene qué hacer un Autónomo para conseguir el 100% de la pensión?

Una gran opción es optar por la jubilación demorada. Esta modalidad hace que por cada año cotizado, se te acumula en la base reguladora desde la edad legal de la jubilación normal (65 años si has cotizado 37 años y 3 meses o 66 años si has cotizado menos de 37 años):

  • Con menos de 25 años cotizados, se aumenta un 2% por año extra.
  • Entre 25 y 37 años trabajados, un 2,7% por año extra.
  • Un 4% por año extra para los que hayan cotizado más de 37 años

Compatibilizar el trabajo con ser Autónomo

¿Te gustaría trabajar por cuenta ajena mientras eres autónomo? Esto es posible y además te permite cotizar en ambos regímenes. En otras palabras, la pensión de autónomo y la de el régimen general son compatibles.

¿Y qué se necesita para poder ingresar las dos prensiones? Pues debes de haber cotizado 20 años tanto como autónomo tanto como profesional y además estar dado de alta en ambas 15 años previos de tu jubilación.

En caso contrario, las bases de cotización se suman y se calcula la pensión a pagar en el régimen general.

En resumen…

En comparación con la jubilación para trabajadores asalariados, es cierto que los autónomos tienen más desventajas como por ejemplo cobrar menos pensión o no poder acceder a algunas modalidades de jubilación.

También es conveniente que si eres un autónomo, recuerda estar al tanto de los pagos a la Seguridad Social antes de solicitar cualquier pensión de jubilación.

Si no es así siempre puede sugerir un plan de pagos para poder recibir lo que le pertenece de pensión sin inconvenientes.