Jubilación para Amas de casa

Al ser un empleo doméstico, las amas de casa no cotizan a la Seguridad Social, por lo tanto, no tienen derecho a acceder a la pensión contributiva de jubilación. Pero no te alarmes, tenemos buenas noticias y es que aún hay posibilidad de recibir una pensión.

¿Eres amo o ama de casa? ¡Seguro que te interesa! Continúa leyendo para conocer toda la información.

Pensión no contributiva

Las personas que no han cotizado lo suficiente para conseguir la pensión de jubilación ordinaria, podrán solicitar esta pensión de no contributiva. Esta prestación se percibe de forma mensual con dos pagas extraordinarias al año, además también ofrecen asistencia médico-farmacéutica y unos servicios sociales.

Esta pensión cuenta con 14 pagas de 402,80 euros (doce ordinarias y dos extraordinarias), es decir, un total de 5,639,20 euros al año. Esta paga puede ser inferior si hay más personas viviendo en la vivienda, aunque no puede ser menor de 100,70 euros al mes.

Si por ejemplo en el mismo domicilio hay dos o más personas que se benefician de esta pensión, el importe para cada uno es de 342,38 euros mensuales. Y si son tres, 322,24 euros.

Requisitos

Existen una serie de requisitos para poder obtener la pensión no contributiva. Te cuento cuales son:

  • Tener como mínimo 65 años o más.
  • Tener un importe anual inferiores a 5.639,20 euros.
  • Si el solicitante vive con otras personas en matrimonio, por co-sanguinidad (padres, abuelos, hijos, hermanos y nietos) o adopción hasta el segundo grado, los ingresos máximos para recibir la pensión son 9.586,64 euros al año para dos personas que convivan en el mismo domicilio, 13.534,08 tres personas y 17.481,52 cuatro personas.
  • Si el parentesco de segundo grado de co-sanguinidad se trata de la madre o del padre, el importe máximo para recibir la pensión son 23.966,60 euros anuales para dos personas, 33.835,20 con tres personas, 42.703,80 euros anuales si se convive con cuatro personas.
  • Residir en España y y haberlo hecho al menos 10 años durante un periodo de 16 años y en la fecha en la que se va a solicitar la pensión. De esos diez, al menos dos de ellos deben ser en el periodo inmediatamente anterior a la solicitud.

Otras alternativas

Las amos o amas de casa que han alcanzado los 15 años cotizados, podrán tener la pensión mínima de jubilación. Aunque existen dos alternativas.

La primera se trata de el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Para poder acceder a esta prestación, no puedes tener otras pensiones como la de jubilación o incapacidad permanente. Los requisitos que hay que cumplir son tener entre 23 y 65 años o ser mayor de edad con al menos un hijo a cargo. La cuantía mínima del IMV son 5.639,20 euros anuales.

La otra consiste en solicitar la Renta Activa de Reinserción (RAI), que está pensado para las personas con una larga duración de desempleo y que tienen o son mayores de 45 años. El ingreso es de 451,92 euros mensuales.

Cómo solicitar la pensión de Jubilación para Amas de Casa

Esta pensión habrá que solicitarla en las oficinas de Servicios Sociales, la Seguridad Social o en las del Imserso de la comunidad autónoma correspondiente.

Habrá que presentar un formulario donde normalmente hay que rellenar los siguientes datos: los trabajos que has realizado, documentarlos, datos de la unidad de convivencia familiar, valor real de las rentas, renta per cápita, etc… También debes de acreditar que cumples con todos los requisitos que exige esta prestación

Para más información visita la página oficial de Imserso o el portal de ayuda del SEPE.

En resumen…

Si eres amo o ama de casa y no has cotizado durante 15 años, tienes la opción de acceder a la pensión de jubilación no contributiva, pero recuerda que es necesario haber alcanzado los 65 años de edad. En cambio, si has acreditado 15 años de cotización, tienes derecho a la pensión mínima de jubilación contributiva.

Por otro lado, tenemos el Ingreso Mínimo Vital o la Renta Activa de Reinserción si tienes 45 años o más y llevas mucho tiempo sin trabajar.