Jubilación para Agentes de la Policía Nacional

Los agentes del Cuerpo de la Policía Nacional tienen un trabajo con una serie de condiciones particulares que lo hacen diferente al resto de funcionarios, y por ello, si eres un policía nacional y quieres conocer todos los detalles sobre la jubilación estás en el lugar correcto.

A continuación, en este artículo, te voy a mostrar toda la información sobre la edad de jubilación, la pensión, requisitos que hay que cumplir y más información.

Edad de jubilación de la Policía Nacional

Los agentes de la policía nacional están sometidos a una peligrosidad, desgaste físico y psicológico cada día, por tanto, al estar en una profesión de riesgo este colectivo puede adelantar la jubilación y se les exige unos requisitos distintos de otros funcionarios públicos.

Los miembros que pertenecen al cuerpo de la policía nacional pueden solicitar la jubilación voluntaria a partir de los 66 años y 2 meses si acredita 35 años cotizados en esta actividad profesional.

Sin embargo, también tienen derecho a la jubilación anticipada cinco años antes de la edad de jubilación ordinaria, es decir, a los 61 años y 2 meses.

Cálculo de la pensión de la Policía Nacional

Para calcular la pensión de de un agente de la policía nacional se debe consultar la tabla de pensiones, ya que ahí se puede ver el sueldo bruto anual y el porcentaje regulador, de acuerdo con el Real Decreto- Ley 1/2020 del 14 de enero.

Un policía nacional se encuentra en el grupo C1, así que si un policía nacional ha estado 35 años de servicio cobraría unos 25.000 euros brutos al año en 14 pagas.

Por otra parte, si un agente sufre de incapacidad permanente por una o varias lesiones mientras realizaba sus funciones, tiene derecho a solicitar la pensión extraordinaria de jubilación. Esta se calcula aplicando un coeficiente del 200% del haber regulador y también se tendrá los años que le quedan para acabar con su carrera profesional.

Pensión máxima

La pensión máxima de jubilación para un Policía Nacional en España en 2023 dependerá de varios factores, como la base reguladora, el tiempo de servicio y las cotizaciones realizadas a lo largo de su carrera.

Actualmente, para acceder al 100% de la pensión de jubilación en España se necesitan 37 años y 3 meses de cotización en 2023. La base reguladora se calcula en función de los salarios y las cotizaciones a la Seguridad Social, y puede variar según la situación individual de cada agente.

¿Cuánto cobra un Policía Nacional cuando se jubila?

Según los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España, en 2021 la pensión media de jubilación para los policías nacionales en España fue de alrededor de 1.800 euros brutos mensuales de sueldo. Aunque hay que tener en cuenta que este importe puede variar según las circunstancias individuales de cada agente.

¿Qué requisitos necesita para jubilarse un Policía Nacional?

Como en todas las actividades laborales, para jubilarse, un policía nacional, también tienen que cumplir con unos ciertos requisitos para solicitar la jubilación:

  • Se debe haber alcanzado la edad mínima de jubilación, que actualmente es de 65 años.
  • Estar en situación de alta en la Seguridad Social.
  • Estar ejerciendo cualquier tipo de profesión, aunque no sea la de agente de policía.
  • Se requiere un periodo mínimo de cotización a la Seguridad Social de 15 años para tener derecho a la pensión de jubilación.
  • En caso de querer acceder a la jubilación anticipada, se debe cumplir con los requisitos específicos, que varían en función de las circunstancias individuales de cada agente.

¿Qué es la segunda actividad?

La segunda actividad para la policía nacional consiste en realizar otras funciones o prejubilarse pero como contrapartida pierde una parte de su salario.

Para acogerse a esta segunda actividad, se tiene que haber alcanzado al menos los 60 años de edad en escala superior, 56 años en escala ejecutiva y 55 años en escala básica y de subinspección.

Estos permanecerán en situación de reserva hasta que accedan a la jubilación o cambien a otra situación diferente.

Jubilación por Incapacidad en la Policía Nacional

¿Eres policía nacional y no puedes seguir trabajando a causa de una lesión o enfermedad, o las secuelas de estas? Entonces puedes solicitar la incapacidad permanente. Te lo explico:

Lo primero hay que dejar claro que hay algunas pensiones de la incapacidad permanente que no están integradas en la Seguridad Social. Así que debe ser aprobado por la Dirección General de Policía y pagadas por la Mutualidad General de Funcionario Civiles del Estado (MUFACE). Se trata de la incapacidad parcial: la Gran Invalidez y Lesiones Permanentes No Invalidantes. En cambio, la incapacidad total y la absoluta sí lo cubre la Seguridad Social.

¿Cómo solicitarlo?

Para hacer el trámite de la solicitud, el Tribunal Médico de la Policía Nacional debe valorar si has perdido capacidades psicofísicas que te impiden ejercer la actividad laboral con normalidad. Luego, con el documento que te dan estos, hay que pedir la solicitud de la incapacidad en la Seguridad Social. Después toca esperar a que revisen la solicitud y que te acepten la prestación por incapacidad.

Clases pasivas

Existen agentes especializados en claves pasivas que se dedica a la investigación de delitos informáticos y ciberseguridad que son aquellos que se encargan de investigar y descifrar contraseñas y sistemas de cifrado en dispositivos electrónicos.

En cuanto a la edad de jubilación y los años de cotización necesarios para la Policía Nacional de claves pasivas, estos estarán sujetos a las mismas regulaciones generales que se aplican al resto de los miembros de la Policía Nacional en España. Es decir, la edad ordinaria de jubilación es de 65 años y se requieren al menos 15 años de servicio para tener derecho a la pensión de jubilación, y para acceder al 100% de la pensión se necesitarán 37 años y 3 meses de cotización en 2023.

En resumen…

Los policías nacionales al estar en una actividad profesional de riesgo, tienen derecho a la jubilación antes de tiempo. Además también pueden acogerse a la segunda actividad aunque esto conlleva a perder parte del sueldo.

En el caso de la jubilación por incapacidad total y absoluta se hace cargo la INSS para la pensión. Por otro lado, en la incapacidad parcial quien lo gestiona es la Dirección de Policía.

Si perteneces al cuerpo de la policía nacional y deseas acceder a la jubilación anticipada y reúnes los requisitos para ello ¡no te lo pienses dos veces! Anímate y disfruta de esa nueva etapa de la vida.