Jubilación para la Policía Local: Toda la información que necesitas

¿Eres policía local y estás barajando la idea de obtener la jubilación anticipada? Haz llegado al lugar indicado. En este artículo te voy a informar sobre todos los diferentes aspectos que se necesitan para acogerte a este tipo de jubilación.

Servir a la población y estar a disposición del ciudadano para cualquier problema crea una presión que no es sencillo llevarla. Por esto, al alcanzar una edad cercana a la de la jubilación, es normal plantearse acogerse a la jubilación anticipada y poder disfrutar de una vida tranquila.

Desde aquí, te voy a informar sobre todos los detalles de la jubilación para policías locales. ¿Empezamos?

Real Decreto Policía Local: ¿Cómo funciona la jubilación anticipada en la Policía Local?

El Real Decreto 1449/2018, desde el 2 de enero de 2019, la policía local tiene derecho a la jubilación 5 o 6 años antes, con un coeficiente reductor del 0,20% por cada año trabajado como funcionario en la policía local. Entonces, la edad de jubilación se adelantará un año por cada cinco trabajado. Pero para poder jubilarse anticipadamente hay que tener cotizado un mínimo de 15 años como policía local.

Esta nueva normativa permite acogerse a la jubilación anticipada y así igualar a otros cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.

¿Cuál es el propósito de estas nuevos cambios en la jubilación de la Policía Local?

El objetivo de esta iniciativa es la renovación en los miembros de la policía local, de forma que los municipios puedan acelerar el proceso de sustitución de sus agentes de una manera organizada.

La jubilación de la Policía Local a los 60 años

El tiempo máximo que un policía local puede reducir la edad de jubilación es de cinco años, por lo tanto, actualmente mientras haya cotizado el tiempo suficiente, podría jubilarse a partir de los 60 años.

Aunque existe una posibilidad de restar más edad a la jubilación anticipada, hasta un total de 6 años, según el tiempo de cotización:

  • Por tener 36 años cotizados, puede recortar seis años a su edad de jubilación.
  • En los años 2023, 2024, 2025 y 2026, se necesitarán 36 años y 6 meses.
  • Y en 2027, serán 37 años.

Recuerda que para descontar estos años, solo hay que tener en cuenta el periodo que se ha ejercido de policía local, y no en otro trabajo diferente.

¿Qué requisitos exige la jubilación anticipada para Policía Local?

Para entrar en la jubilación anticipada de la policía local, como ocurre en todas los tipos de jubilación, hay una serie de requisitos mínimos que todos los miembros del cuerpos deben de cumplir:

  • Tener acreditado al menos 15 años cotizados como policía local y así poder aplicar el coeficiente reductor.
  • Haber cumplido 5 años antes que la edad de jubilación ordinaria.
  • Estar en situación de alta o asimilada de alta en la Seguridad Social hasta que se jubile de manera anticipada.
  • Si ha alcanzado la edad de jubilación anticipada y no trabaja como policía local pero está en situación de alta y cotizando porque desarrolla otra actividad profesional (por ejemplo, que trabaje en una tienda), también tiene derecho a jubilarse antes de la edad ordinaria.

Las personas que han pertenecido al cuerpo de la policía local pero actualmente no cotiza en la Seguridad Social, no podrá jubilarse anticipadamente, por lo tanto, tendrá que esperar a cumplir la edad de jubilación correspondiente.

Cotización de la Policía Local

La policía local cotiza un ingreso mayor por contingencias comunes a la Seguridad Social, con el fin de mantener el equilibrio financiero del sistema.

Esta cotización adicional se establece para el Ayuntamiento que está contratado como para el trabajador. Así que tanto una parte como la otra, contribuyen un importe mayor para compensar la jubilación anticipada.

¿Cómo se calcula la pensión de la Policía Local?

Lo primero de todo, hay que tener en cuenta el coeficiente reductor que en este caso es de un 0,20% y se aplica a un año entero.

El tiempo de reducción de la edad de jubilación se cuenta como cotizado a los efectos de concretar el porcentaje a ser aplicado en la base reguladora, para el cálculo de la cuota de la pensión de jubilación.

El coeficiente se debe aplicar al tiempo de actividad y de cotización acreditado como policía local. Las pagas adicionales no se incluyen en el periodo cotizado.

SE DESCONTARÁN TODAS LAS AUSENCIAS AL TRABAJO, EXCEPTO EN LOS SIGUIENTES CASOS:

  • Faltas que sean motivo de incapacidad temporal por enfermedad común o profesional, o accidente independientemente si es de trabajo o no.
  • Por motivo de suspensión de la prestación por paternidad o maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
  • Por permisos y licencias retribuidos, disfrutados en virtud de las correspondientes disposiciones.

La reducción de la edad de jubilación y el cómputo se empleará a todos los policías locales que han estado de alta por motivo de su actividad profesional.

En resumen…

Desde 2019, es posible que un policía local acceda a la jubilación anticipada, cinco años antes de la jubilación ordinaria, siempre y cuando haya cotizado mínimo durante 15 años. O 6 años si cuenta con 36 años cotizados siendo policía municipal. Aunque esta cotización conlleva un aumento denominada contingencias comunes.